Expediente HCD.No.3399-B-06.-
VISTO
Que el sistema el‚ctrico provincial adolece de serias di-
ficultades en las redes de alta tensi¢n y mantenimiento de las
mismas ocasionadas por la casi inexistente inversi¢n por parte
de las empresas concesionarias poseedoras del servicio a partir
de 1997 y que los fondos que se recaudan por los entes estata–
les producto de los Decretos Nos.7.290/67 y 9.038/78 cuyo des–
tino son para el FONDO ESPECIAL DE DESARROLLO ELECTRICO DE LA —
PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el FONDO ESPECIAL PARA GRANDES OBRAS
ELECTRICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, deber¡a ser destina-
do al financiamiento de obras de infraestructura en el tendido –
el‚ctrico provincial; y
CONSIDERANDO
Que en las boletas de consumo el‚ctrico se sigue cobrando –
un porcentaje del 15,5% que te¢ricamente deber¡an ser destinados
a la extensi¢n de redes y mejoramiento del sistema;
Que la recaudaci¢n de esos montos no se utilizar¡a para —
los fines que fueron creados;
Que el monto que la Provincia percibir¡a anualmente supera
los 170 millones de pesos, cifra que estar¡a siendo derivada a –
rentas generales de la administraci¢n provincial;
Que hoy deber ser cuestionada la vigencia de estos decre–
tos por considerar que la raz¢n de ser de los mismos, al ser —
concesionado el servicio a la actividad privada, ha perdido sen-
tido, motivo por el cual deber¡an ser derogados;
Que dado que estos no se aplican para lo que espec¡ficamen-
te fueron creados, es decir que al no estar obligada la ex-empre-
sa Estatal ESEBA en la firma de los contratos de concesi¢n a in–
vertir los fondos en el sistema el‚ctrico provincial, va de suyo
que los decretos cuestionados no tienen raz¢n de ser;
Que el Gobierno Provincial debe asumir la responsabilidad –
de aclarar esta situaci¢n, por lo que es necesario proceder a una
revisi¢n de las concesiones del sistema a la actividad privada –
para que ‚stas sean responsables de la extensi¢n de las redes —
el‚ctricas, modificaciones y/o reparaciones que requieran las —
necesidades energ‚ticas de los bonaerenses;
Que es injusto que los bolsillos de los habitantes de la –
Provincia de Buenos Aires consumidores de energ¡a el‚ctrica, es-
t‚n haciendo desde hace varios a¤os aportes que a todas luces —
carecen de sentido, engrosando los fondos provinciales en un —
rea que no tiene absolutamente nada que ver con el mejoramiento
del sistema el‚ctrico;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN –
EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA ——-
SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
————-
1o) Dirigirse a ambas C maras de la Legislatura Provincial y a –
la Gobernaci¢n de la Provincia de Buenos Aires, a fin de solici-
tarle la derogaci¢n de los Decretos Nos.7.290/67 y 9.038/78 que
gravan en un 15,5% las facturas de energ¡a el‚ctrica de los con-
sumidores de la Provincia de Buenos Aires, en funci¢n de que los
fondos que se recaudan no est n siendo utilizados para los fines
que fueron creados, situaci¢n que se da desde la privatizaci¢n –
del servicio el‚ctrico provincial.-
REGISTRADA BAJO EL No.331/06.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE–
RANTE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2006.-