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COMUNICACIÓN Nº 837

Expediente HCD. Nº 7.573I2023.-

VISTO

Que existen numerosas viviendas en nuestro municipio con graves problemas edilicios, como filtraciones, humedad, roturas de plomería, entre otros, que afectan la salud y el bienestar de las familias, impidiendo que las viviendas sean adecuados hogares y;

CONSIDERANDO

Que el acceso a una vivienda digna y en condiciones adecuadas es un derecho fundamental de toda persona.

Que es responsabilidad del departamento ejecutivo municipal garantizar el bienestar y la calidad de vida de sus habitantes.

Que la falta de mantenimiento y refacción de las viviendas en mal estado contribuye a la propagación de enfermedades y pone en riesgo la seguridad de las personas.

Que es necesario contar con información precisa y actualizada sobre las acciones realizadas en materia de refacción de viviendas, a fin de evaluar la efectividad de las políticas implementadas y tomar decisiones informadas para mejorar las condiciones habitacionales en nuestro municipio.

Que la problemática de las viviendas con falencias edilicias afecta especialmente a las familias de bajos recursos, incrementando la desigualdad social y limitando sus oportunidades de desarrollo.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LA FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1°) Se solicita al departamento ejecutivo municipal que informe detalladamente cuántas viviendas han sido refaccionadas en lo que va del año, con el objetivo de mejorar las condiciones habitacionales de las familias afectadas por problemas edilicios.

2°) El informe deberá incluir, al menos, los siguientes datos:

A) número total de viviendas refaccionadas.

B) descripción detallada de las obras realizadas en cada vivienda, especificando las falencias edilicias abordadas, como filtraciones, humedad, roturas de plomería, problemas estructurales, etc.

C) localización de las viviendas refaccionadas, identificando los barrios o sectores donde se encuentran.

D) presupuesto asignado para las refacciones y origen de los fondos utilizados.

E) número de viviendas refaccionadas que corresponden a hogares de bajos recursos económicos.

F) beneficiarios específicos de las refacciones (por ejemplo, familias monoparentales, adultos mayores, personas con discapacidad, etc.).

G) criterios utilizados para seleccionar las viviendas que fueron refaccionadas.

3°) El departamento ejecutivo municipal deberá presentar el informe ante el honorable concejo deliberante en un plazo máximo de 30 días a partir de la aprobación de esta comunicación.

4°) Se solicita al departamento ejecutivo municipal que, en el informe, incluya una evaluación de impacto sobre las condiciones de vida de las familias beneficiadas por las refacciones realizadas, a fin de conocer los efectos positivos de las acciones implementadas en términos de salud, bienestar y calidad de vida.

REGISTRADA BAJO EL Nº 837

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2023.

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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