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COMUNICACIÓN Nº 870

Expediente HCD. Nº 7.721-I-2024

VISTO

La Ordenanza Nº 4.750 mediante la cual se crea el Fondo de Promoción para la Agroindustria (FOPROA) y su posterior modificación en la Ordenanza 4.855 y;

CONSIDERANDO

Que, como reza entre los vistos y considerandos de la ordenanza N°4.750, nuestra localidad ofrece la posibilidad a las empresas agroindustriales de contar con algunas ventajas competitivas por la facilidad de acceso a las materias primas y por el menor costo logístico para su disposición.

Que, en el artículo N° 1 de la ordenanza N°4.855, que modifica la ordenanza N° 4.750 dice expresamente ¨Créase el Fondo de Promoción para la Agroindustria (FOPROA), el cual tendrá como objetivo promover y financiar la generación y consolidación de emprendimientos agroindustriales. Asimismo, se podrá financiar proyectos de investigación y desarrollo de agroindustria, siempre que sean generados en ámbitos técnicos educativos de Coronel Pringles.¨

Que, en el artículo N° 2 de la ordenanza N°4.855, que modifica la ordenanza N° 4.750 dispone la consolidación del fondo, el cual se financiará de la siguiente manera: un mínimo establecido en 8 % correspondiente al ingreso por Control de Marcas y Señales; aportes que sean otorgados por entidades estatales, organizaciones no gubernamentales nacionales o internacionales y por personas físicas o jurídicas; recupero de aportes reembolsables de beneficiarios del FOPROA.

Que, trimestralmente el Departamento Ejecutivo debería informar a la Comisión Evaluadora el saldo disponible del FOPROA en dónde se detallarán los ingresos y egresos de recursos.

Que, entendemos de suma importancia seguir aplicando este tipo de políticas públicas que acompañar a los emprendedores y logran impulsar el empleo privado.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1°) Solicitar al Departamento Ejecutivo, y por su intermedio al área correspondiente tenga a bien informar a este Honorable Cuerpo dentro del plazo de los 10 días hábiles los siguientes puntos:

1. Monto disponible en la partida asignada FOPROA al 28/02/2024.

2. Detalle del monto asignado a cada emprendedor agroindustrial y/o institución técnica de Coronel Pringles e Indio Rico desde la creación de dicho programa.

3. Estrategia que está llevando a cabo para la difusión y conocimiento de la existencia de FOPROA, tanto entre los emprendedores agroindustriales, como en las escuelas técnicas, que podrían hacer uso de este programa para investigación.

REGISTRADA BAJO EL Nº 870

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2024.

JAQUELINA OQUIÑENA GABRIEL OMAR D´INTINO

Auxiliar de Secretaría PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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