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Ordenanza Nº 1.854

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase en el Presupuesto de Gastos vigente, en el Rubro trabajos Públicos la Partida 2.5.2.29 Tratamiento zonas de emergencia Coronel Pringles e Indio Rico, con un crédito de pesos argentinos DOSICENTOS MIL ($a 200.000).-

ARTICULO 2º: La suma Pesos argentinos DOSCIENTOS MIL ($a 200.000) necesaria para atender el crédito de la cuenta creada en el Artículo anterior, se tomará de 2.5.2.1. AMPLIACION PLANTA TRATAMIENTO LIQUIDOS CLOACALES – 1ra. etapa del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 1.854.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JULIO DE 1984.-

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