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Ordenanza Nº 1.875

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Declárase, a los Cooperadores Salesianos, responsables de las tasas que gravan el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XIII – Sección D – Manzana 306, Parcelas 1-b y 1-g del ejido de Coronel Pringles, exentos de la obligación de abonar los importes correspondientes al año 1984, en concepto de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios.-

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 1.875.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1984.-

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