VISTO
El Expediente D.E.-3938-V-85, caratulado Vasquez, Hermenegildo y Angrisano, Josefa Esther; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicitan la adjudicación de una vivienda de propiedad municipal, sita en Calle 16 e/43 y 44, que le fuera cedida en usufructo precario, según Contrato obrante a Fos.4 del expediente, suscripto entre el peticionante y la Dirección de Acción Social;
Que dicha cesión se realizó en razón de que el Sr. Vasquez renunciara por motivos socio-económicos a la casa-habitación que le fuera adjudicada (fuera de concurso) en el Barrio Centenario, según Convenio firmado con fecha 29/4/83;
Que en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 56º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debe el Departamento Deliberativo decidir sobre dicha transferencia; la cual y conforme a la recomendación de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas, ha sido considerada favorablemente;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LES SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Transfiérase a título gratuito, al Sr. Hermenegildo Vasquez, L.E. 5.417.355 y a Angrisano, Josefa Esther, L.C. Nº 3.217.103, el dominio de la casa-habitación propiedad de la Municipalidad, ubicada sobre terreno municipal identificado según Título como: Circunscripción XII, Manzana 105, Sección “D”, Solar Norte.-
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.–
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.995.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DE 1986.-