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ORDENANZA Nº 2.199

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder a la SOCIEDAD DE FOMENTO “BARRIO VILLA JUAN P. PRINGLES”, el uso y ocupación de la casa-habitación ubicada en la Manzana Nº 292 – Sección “S”, según Catastro, para el funcionamiento de una Guardería Infantil, pudiendo reservarse espacio para el desarrollo de las actividades propias de la Comisión. A tal efecto celebrará un Contrato de Comodato con las formalidades de Ley, dejando sentado el derecho del Municipio a rescindirlo cuando lo considere necesario.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.199.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DE 1988.-

 

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