DEROGADA POR ORDENANZA 2.326.-
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 2.274/88.-
DEROGADA POR ORDENANZA PREPARATORIA -20-10-88-
VISTO
La intención de la Municipalidad de continuar con la ejecución de planes de viviendas destinadas a cubrir las necesidades de familias con escasa capacidad de recursos; y
CONSIDERANDO
Que por tal motivo se ha tramitado y logrado el compromiso del aporte financiero de la Provincia de Buenos Aires a través del Instituto de la Vivienda;
Que se hace necesario la ejecución del Convenio de referencia para dar continuidad a obras similares en construcción;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifícase el Convenio celebrado entre esta Municipalidad y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, por el aporte financiero para la construcción de 20 viviendas económicas que corre agregado a la presente como Anexo I.
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.245
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1988.-