DEROGADA POR ORDENANZA Nº 2.328.-
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 2.273/88.-
DEROGADA POR ORDENANZA PREPARATORIA -20-10-1988-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifícase el Convenio suscripto entre el INSTITUTO DE LA VIVIENDA representado en este acto por el Señor Administrador General, Ingeniero LEONARDO VESPIGNANI por una parte y la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representada por el Señor Intendente Municipal, DOCTOR HECTOR OSCAR SCAVUZZO por la otra, que como Anexo I forma integrante de la misma por el aporte financiero para la construcción de 10 (diez) viviendas en el Partido de Coronel Pringles.
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.255
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1988.-