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ORDENANZA Nº 2.295

VISTO

La nota elevada por el Departamento Ejecutivo con fecha 6 de Febrero de 1989; y

CONSIDERANDO

Que mediante la misma solicita que por Ordenanza se convalide la adhesión de este Municipio al Sistema de Coparticipación establecido por la Ley 10.559;

Que mediante ese sistema las Municipalidades de la Provincia recibirán con concepto de Coparticipación establecido por la Ley 10.559;

Que mediante ese sistema las Municipalidades de la Provincia recibirán con concepto de Coparticipación el 14,14% del total de los ingresos que perciba la Provincia en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto a los Automotores, Impuestos de Sellos, Tasas Retributivas de Servicios y Coparticipación Federal de Impuestos, previa deducción del importe que corresponda en concepto de Aporte por Seguridad Social al Instituto de Previsión Social de la Provincia, de acuerdo a lo que disponga anualmente la Ley de Presupuesto;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adherir al Sistema de Coparticipación establecido por la Ley Nº 10.559.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.295.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE 1989.-

 

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