VISTO
Que nuestra Comuna no está ajena a la actual situación económico-social que vive el país considerando que la economía actual genera una brusca disminución de la recaudación impositiva a valores constantes ocasionando deterioro de la coparticipación hacia los Municipios;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a percibir la 4ta. Cuota de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal desdoblada en:_Anticipo del 50% del valor de la misma y saldo del 50% restante, con vencimiento en los meses de Junio y Julio respectivamente.-
ARTICULO 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a proceder de igual forma con la 5ta. y 6ta. cuota de la Tasa referida en el Artículo 1º., si la aplicación de esta modificación resultare conveniente.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.348.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE 1989.-.







