EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Derógase la Ordenanza Nº 2.033/86 mediante la cual se concedía permiso precario de uso y ocupación al Ciclys Club Social y Deportivo de los inmuebles identificados como: Circunscripción XIII – Sección “A” – Manzana 59, Parcelas 1,2,3 y 4; y Circunscripción XIII – Sección “A” –Manzana 60 – Parcelas 1,2,3, y 4, según Catastro.
ARTICULO 2º: Dónase al CICLYS CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO DE CORONEL PRINGLES, Personería Jurídica Nº 4.873/85 con destino exclusivo a la práctica y desarrollo del deporte en forma integral, los inmuebles municipales identificados como: Circunscripción XIII – Sección “A” – Manzana 59 – Parcelas 1,2,3 y 4 según Catastro y según Título Manzana 34, Sección “A” – Solares Norte, Sur, Este y Oeste; Circunscripción XIII – Sección “A” – Manzana 60 – Parcelas 1,2,3 y 4 según Catastro y según Título Manzana 35 – Sección “A” – Solares Norte, Sur, Este y Oeste.
ARTICULO 3º: El CICLYS CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO restituirá el bien a esta Municipalidad ante su disolución parcial o total o si se modificara el objetivo para el cual fue creada la Institución.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.356
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE JUNIO DE 1989.-







