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ORDENANZA Nº 2.363

VISTO

Los múltiples problemas de orden hídrico surgidos en la zona urbana y rural del Partido de Coronel Pringles; y

CONSIDERANDO

Que se hace necesario contar con los estudios técnicos precisos para poder programar y planificar las obras hídricas adecuadas para brindar solución definitiva a los mismos;

Que es imprescindible contar con un Manual
Recopilador de todos los estudios técnicos practicados y a realizar, a efectos de ser expuestos para su conocimiento a todas las organizaciones intermedias y habitantes de nuestro medio;

Que es preciso proyectar las Obras de Artes para ser incluídas en los Presupuestos futuros, Municipales o provinciales en materia hídrica;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase el PLAN HIDRICO MUNICIPAL que consistirá en la recopilación de los Proyectos de Obras Hídricas y de Arte de la zona urbana de Coronel Pringles y de la zona rural del Partido de Coronel Pringles. A este efecto se confeccionará un “Manual
Recopilador de Proyectos de Obras Hídricas” que resultará de la recopilación de los estudios y proyectos ya realizados y los que se dispongan mediante la implementación del presente Plan.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a tramitar ante la Dirección Provincial de Hidráulica, la gestión de los Convenios necesarios para la realización de los siguientes estudios:

  1. CORONEL PRINGLES – ZONA URBANA

Desagüe del Boulevard 13 e/40 y 64.-

Desagüe de la calle 25 e/52 y 64

Desagüe del Boulevard 64

Desagüe del Boulevard 68

Desagüe de la Calle Palmiro Milani e/52 y 58

Desagüe del Boulevard 40 e/Palmiro Milani y Calle 1.-

-Tratamiento de los canales urbanos.

En todos los casos se proyectarán las obras de
Arte necesarias.

  1. INDIO RICO – ZONA URBANA

Desagües de la zona urbana

Tratamiento de los canales de la zona urbana

En ambos casos se proyectarán las Obras de
Arte necesarias.

  1. ZONA RURAL DEL PARTIDO DE CORONEL PRINGLES

Tratamiento de la tercera etapa Pillahuincó Chico, agua abajo, hasta su desembocadura.

Tratamiento del Arroyo Pillahuincó Grande.

Tratamiento del Arroyo “El Indio”.-

Los ítems desarrollados anteriormente son meramente enunciativos, pudiéndose agregar todos aquellos que se crean convenientes para el correcto funcionamiento hídrico del Partido.

ARTICULO 3º: El ente de aplicación del presente Plan será la Dirección de Obras y Servicios Públicos.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.363.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 1989.

 

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