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ORDENANZA Nº 2.376

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º:  Convalídanse en todos sus términos los Decretos Nº 175 de fecha 11 de Julio y Nº 178 de fecha 17 de Julio, dictados por la Presidencia de este Honorable Concejo Deliberante ad-referendum y mediante los cuales se fijaran las tarifas para el Transporte Público Colectivo de Pasajeros y Sociedad Conductores de Taxis hasta el día 16 de Julio inclusive y para el Transporte Público Colectivo de Pasajeros hasta el día 1º de Agosto, respectivamente.-

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.376.-

            DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  A LOS VEINTE DIAS  DEL MES DE JULIO DE 1989.-.

 

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