DEROGADA POR ORDENANZAS Nº 2.446/90 Y 2.447/90.-
VISTO
El Expediente H.C.D. Nº 888-T-89; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo las Empresas Concesionarias del Transporte Público Colectivo de Pasajeros solicitaron incremento tarifario;
Que la referida petición recibió Tratamiento sobre Tablas en la Sexta Sesión Ordinaria celebrada con fecha 20 de Julio de 1989 y posterior aprobación por unánime;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Apruébase la solicitud de incremento tarifario presentada por las Empresas Concesionarias del Transporte Público Colectivo de Pasajeros, a partir de la promulgación de la presente, conforme lo establece el siguiente cuadro:
MINIMO A: 70,00.-
MAXIMO A: 110,00.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.377.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JULIO DE 1989.-.







