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ORDENANZA Nº 2.409

VISTO

La petición efectuada por la Fundación Pringles, sobre la transferencia de la fracción de terreno, de propiedad municipal, identificado Catastralmente como Circunscripción XIV – Sección “D” –Chacra 327 – Parcela 2-b; y

CONSIDERANDO

Que de esta forma se regularizaría legalmente su situación de tenencia brindando la seguridad apropiada en el marco jurídico a la Fundación Pringles y a su Comisión de Padres, quienes han manifestado su voluntad de abocarse a la edificación de la infraestructura necesaria para el cumplimiento de sus planes de estudio;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir a título gratuito la fracción de terreno de propiedad municipal identificada catastralmente como Circunscripción XIV – Sección “D” – Chacra 327 –Parcela 2b- Partida 10.422, con una superficie de 1 Ha. 51ª. 16ca., a la Fundación Pringles.-

ARTICULO 2º: Los gastos de escrituración que ocasionará la transferencia, serán abonados por la Fundación Pringles.-

ARTICULO 3º: El inmueble deberá ser destinado a los fines estatutarios de la Fundación Pringles, es decir para el funcionamiento de la Escuela Agrotécnica de Enseñanza Media, en caso de cambiarse el uso del mismo, volverá el inmueble a dominio municipal.-

ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.409.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1989.-

 

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