VISTO
La importancia que va adquiriendo la Apicultura dentro de nuestro Partido de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO
Que en distritos vecinos han comenzado a sentarse las bases para desarrollar acciones conjuntas ante la aparición de focos de una enfermedad infecto contagiosa de las abejas, conocida como Loque Americana;
Que el titular de Asuntos Agrarios, Contador José María Vernet, encomendó al Departamento de Apicultura y Granja, el control de la Loque Americana en toda la Provincia, tarea que ejercerá personal idóneo, conjuntamente a técnicos de Organismos Nacionales y Provinciales;
Que los Apicultores que requieran certificado sanitario, deberán presentar número de inscripción en el Registro de marcas y cantidad de colmenas declaradas;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abrir un Registro Municipal de Apicultores en el Partido de Coronel Pringles, en el que será obligatorio inscribirse a todos los que de una u otra manera practiquen apicultura al tener por lo menos una colmena.
ARTICULO 2º: Los apicultores que posean 50 colmenas o más quedarán obligados a inscribirse no solo en este Registro Municipal sino también en la Secretaría de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 3º: El plazo para inscribirse será de 30 (treinta) días a contar desde la promulgación de la presente.
ARTICULO 4º: Autorizar a la Secretaría de Asuntos Agrarios de la Municipalidad a requerir la presencia en el Distrito de un técnico oficial del Ministerio de Asuntos Agrarios, competente, quien practicará las revisaciones correspondientes a las colmenas inscriptas en el registro, haciéndose cargo de los gastos de traslado el Municipio.
ARTICULO 5º: La visita del técnico se realizará con la frecuencia que estime conveniente la Secretaría de Asuntos Agrarios considerando las posibles enfermedades que se detecten.
ARTICULO 6º: Cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.420
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1989.-







