VISTO y CONSIDERANDO
Que no es totalmente conocido para la mayoría de los habitantes pringlenses la razón del día 24 de septiembre como fecha de celebración en nuestro Partido;
Que si bien como fecha de creación del Partido se ha tomado el día 10 de Julio de 1882, por promulgación de la Ley 1.497, esto marca solo una instancia legal previa a la determinación cierta de autoridades y vecinos a dar cumplimiento a la Ley;
Que por eso adquiere verdadera trascendencia y es necesario darle reconocimiento a la fecha en que se reunieron los vecinos para dar efectiva fundación mediante acta, asunción de la primera Autoridad y Comisiones de carácter municipal;
Que tomando fragmentos de publicaciones, podemos decir… “los fundadores… entendemos que son quienes ejecutaron la Ley, quienes llegaron a estas tierras y se instalaron aquí para concretar la formación del Partido, que a su vez son quienes sentaron las bases del nacimiento, crecimiento y desarrollo, es decir Juan P. Cabrera y todos los vecinos que firmaron el Acta del día 24 de Septiembre de 1882;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Fíjase como fecha cierta de fundación del Partido de Coronel Pringles, al 24 de Septiembre de 1882, dándole a la misma el carácter de no laborable en todo el ámbito del Distrito.-
ARTÍCULO 2º: Derógase el Decreto Nº 71/82 y la Ordenanza Nº 2.096/87.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese a los Organismos del Estado Provincial y Nacional, solicitando adhesión.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.458.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 1990.







