EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Ratificase el Convenio firmado entre la Municipalidad de Coronel Pringles y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de 30 viviendas rurales en la localidad de Indio Rico.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.469.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE 1990.







