EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a mantener a disposición de la Cámara Argentino – Abruzzese de Comercio, Turismo y Servicios con sede en la Ciudad de Pescara Italia y por el término de sesenta días (60 días) a partir de la promulgación de la presente, las instalaciones correspondientes al exmatadero municipal de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Autorízase a la Cámara mencionada en el artículo anterior a realizar los trámites y estudios complementarios en el lugar donde funcionará de acuerdo a la solicitud efectuada un Frigorífico Modelo para equinos.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.493.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DE 1989.-







