VISTO
Que el Señor Luis María Elorga, exconvecino de Coronel Pringles, domiciliado actualmente en la localidad de Alejandro Khora, ha entregado en carácter de donación a este Municipio, con destino expreso al Complejo Museográfico Municipal, una serie de piezas y 300 libros y revistas con afectación al destino que este Municipio crea conveniente, elementos cuya historia, detalle y origen se encuentra en poder del citado complejo museográfico y que fueron de uso y propiedad de los padres y abuelos del donante, antiguos pobladores del Distrito y recibidos por vía hereditaria; y
CONSIDERANDO
Que es responsabilidad de este Municipio recuperar, proteger y difundir el acervo histórico local, dados los naturales derechos que a los poderes públicos les compete en materia de desarrollo cultural comunal;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Acéptase la donación con destino a exhibición y/o guardado en Museos dependientes del complejo Museográfico de la Dirección Municipal de Cultura, de los siguientes bienes pertenecientes al Sr. Luis María Elorga, recibidos por herencia de sus antepasados.-
Una escopeta “V” Torchioni”, calibre 16 Nº 3.510, un juego de peineta y horquilla de carey; marcas de hierro para gando; una daga de dos filos con vaina de cuero; dos tijeras de esquila; una máquina de coser “New Home” y una máquina para sembrar maíz.-
ARTICULO 2º: Acéptase la donación por pare del mismo cedente de trescientos (300) ibros y revistas, que este Municipio derivará a la Biblioteca Popular Pringles, para uso y préstamo al público.-
ARTICULO 3º: Otórgase al donante y a sus herederos naturales, por el término de cinco (5) años, el derecho de reivindicar la propiedad de los bienes donados en el caso que el Complejo Museográfico o el Museo depositario les diera otra finalidad ajena al guardado, exhibición o preservación comprometidos.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.507.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE 1990.-







