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ORDENANZA Nº 2.582

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a privatizar los siguientes servicios:

  1. Recolección de residuos, Barrido y Limpieza.-
  2. Mantenimiento y reparación de la red vial rural y urbana.
  3. Servicios Sanitarios.
  4. Liquidación y cobranza de Tasas.-

ARTICULO 2ºRespétese la normativa fijada en el Decreto Nº 4.595/90 del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que agregado como Anexo I a la  presente, se declara formar parte integrante de este acto administrativo.-

ARTICULO 3º: Todas las actuaciones que se deriven de la aplicación de esta Ordenanza deben contar con la aprobación expresa particular y para cada caso de este Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4º: En la Resolución Nº 685/90 y su modificatoria Nº 737/90 dictaminadas por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos  Aires en el apartado “DE las iniciativas privadas”, donde dice: “Ministerio de Obras y Servicios Públicos”, deberá leerse: “Secretaría Técnica y de Obras y Servicios Públicos Municipal”.-

ARTICULO 5º: Téngase  presente la Ordenanza Nº 2.549, sancionada el 15 de Noviembre de 1990, a sus efectos.-

ARTICULO 6º:  Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.582.-

             DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS  DEL MES DE JUNIO DE 1991.

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