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ORDENANZA Nº 2.588

FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Ratifícase el Convenio celebrado ente el INSTITUTO OBRA MEDICO ASISTENCIAL (IOMA) y la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, que como Anexo I forma parte integrante de la misma, a los fines del desenvolvimiento de la Delegación del IOMA en esta Localidad, y la Municipalidad se compromete a mantener en servicio y afectado con exclusividad a las funciones de la Delegación a dos (2) personas.-

ARTÍCULO 2º:  Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.588.

DADA EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE 1991.-

(EL Anexo referido en artículo 1º se halla anexado a la Ordenanza en Tomo 12 de Ordenanzas-en biblioteca del H.C.DELIBERANTE)

 

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