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ORDENANZA Nº 2.632

VISTO Y CONSIDERANDO

Que se debe tener en cuenta que el edificio del Teatro Español es de valiosa arquitectura;

Que ha cumplido una importante trayectoria cultural en casi cien años de existencia;

Que por su ámbito ha desfilado figuras de envergadura nacional e internacional en todas las remas del arte;

Que su construcción fue realizada por manos de obreros inmigrantes sin importar nacionalidad ya que todos contribuyeron a su edificación como un bien comunitario;

Que su clásico estilo monumental español queda demostrado en las columnas, molduras, escaleras y todo ornamento existente;

Que es el único coliseo existente en la Ciudad;

Que la actual Comisión Directiva, propietaria del inmueble, está en un todo de acuerdo para que la Municipalidad, a través de su Dirección de Cultura, realice su mantenimiento;

Que la misma Comisión acepta incondicionalmente la propuesta emanada del Señor Coordinador de la Dirección Municipal de Cultura para adoptar medidas de protección a tan importante riqueza edilicia;

Que considerando que “los restos materiales transmutan mágicamente el pasado ideal en la tradición viva que es fuerza moral y es esplendor de las Naciones, conciliándose hondamente el progreso de la cultura y aún con el desenvolvimiento económico de la civilización. Los pueblos con alma propia y destino manifiesto trasmiten sus tradiciones de padres e hijos, de generación en generación y son capaces de crear nuevos valores transmitiéndolos a su vez hasta la más remota posteridad. Si se omite el cumplimiento de este imperativo del deber y el legado moral y material se prodiga o se abandona, los hijos acusan a razón sus padres y los pueblos a sus antepasados”. (Ricardo Levene –Historiador Argentino);

Que la preservación de la continuidad histórica dentro del medio ambiente urbano es esencial para el mantenimiento de un cuadro de vida que permita al hombre encontrar su identidad frente a las mutaciones de la Sociedad. (Declaración de Amsterdam):

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: Declarar Monumento Histórico Municipal al TEATRO ESPAÑOL, sito en calle Stegmann Nº 634.

ARTÍCULO 2º: Establecer que toda incorporación, ornamentación y/o tareas de embellecimiento deberán ejecutarse respetando rigurosamente el estilo inicial del sector;

ARTÍCULO 3º: Prohibir toda supresión o reforma que pudiera afectar el valor cultural del edificio.

ARTÍCULO 4º: Queda establecido que por Decreto Nº 146/91 este Municipio ha previsto fondos para el otorgamiento de un subsidio de A: 28.000.000 pagaderos de acuerdo la situación económico-financiera de la Comuna lo permita, destinado al mantenimiento del edificio.-

ARTÍCULO 5º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.632

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1992.

 

 

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