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ORDENANZA Nº 2.666

VISTO

Que en el día de la fecha operada en el vencimiento para el pago de la Tasa por el Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y que muchos vecinos no han recibido las facturas correspondientes, conforme a consultas que nos formularan; y

CONSIDERANDO  

Que a efectos que estos vecinos puedan dar cumplimiento dentro de los plazos establecidos, a sus obligaciones contributivas y posibilitarles no entrar en mora con la Municipalidad y además hacerles perder el beneficio del 30% de descuentos por estar en el día en plago;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: Otórgase una prórroga hasta el día de Agosto de 1992 para efectuar los pagos correspondientes a la cuarta cuota de la Tasa por Alumbrado, Barrido y Conservación de la Vía Pública, cuyo vencimiento operaba el día 20 de Agosto de 1992.

ARTÍCULO 2º: Dese publicidad de la presente por los medios Periodísticos locales.-

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.666

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 1992.-

 

 

 

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