EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Adhesión al Decreto Nº 2.034/88 y su Anexo único, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza, mediante el cual se implementa un Sistema de Círculo Cerrado de Ahorro para la adquisición de maquinaria viales y/o ambulancias.
ARTICULO 2º: La cuota que se pagará resultará del precio total del elemento dividido por el número de cuota del Sistema.
ARTÍCULO 3º: El Banco Provincia de Buenos Aires será el encargado del pago de a la Empresa Adjudicataria.
ARTÍCULO 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros, en los términos del artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debiendo efectuar las pertinentes reservas en el momento que corresponda.
ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 2.691
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1992.-







