EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir en SUBASTA PUBLICA a realizarse en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES c/GUISASOLA JOSE A. s/APREMIO, tres (3) fracciones de terreno ubicadas en el ejido urbano de esta ciudad, cuya ubicación, medidas y linderos se detallan en el plano que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza, destinadas a la construcción de viviendas.
ARTÍCULO 2º: Los valores a abonar no podrán superar los precios de plaza de inmueble de similares características de acuerdo a tasaciones realizadas por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Coronel Pringles, copia de la cual será elevada al Honorable Concejo Deliberante previo a la subasta.
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.692
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1992.-







