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ORDENANZA Nº 2.730

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Autorízase a la EMPRESA DE TELEVISION propiedad de los SEÑORES SERGIO ROLE Y CLAUDIO PIZZORNO, a usar el espacio aéreo urbano de la localidad de Indio Rico – Partido de Coronel Pringles, para el tendido de la red necesaria a fin de operar un sistema de televisión por cable, así como los postes, columnas y otros soportes existentes en la vía pública propiedad del Municipio, para iguales fines, siempre que dicho uso no afecte el servicio para el cual han sido colocados tales elementos.-

ARTICULO 2o: La EMPRESA DE TELEVISION propiedad de los SEÑORES SERGIO ROLE Y CLAUDIO PIZZORNO, deberá cumplir con las disposiciones de la Ley 22.285 y reglamentaciones que dicte el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER).-

ARTICULO 3o: La Empresa autorizada, será única responsable de los daños y perjuicios que se ocasionaren a bienes públicos y privados, en la ejecución de las tareas de tendido del cableado y posterior mantenimiento de la red.-

ARTICULO 4o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

REGISTRADA BAJO EL No.2.730.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE.-

 

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