EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Fíjase en la suma de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($ 7.789.290) el Cálculo de Recursos del Ejercicio 1993, de acuerdo al detalle que se
desarrolla en las respectivas planillas insertas en el Anexo I, el que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2o: Establécese en la suma de PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($ 7.789.290) el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 1993, de acuerdo a las planillas insertas en el Anexo II, el que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3o: Fíjense para el personal municipal los siguientes conceptos y montos en materia de asignaciones familiares vigentes al mes de Enero de 1993:
1- Cónyuge………………………………………………………………………………$ 15.-
2- Hijo y/o familiar a cargo………………………………………………………..$ 20.-
3- Hijo incapacitado a cargo……………………………………………………….$ 80.-
4- Familiar incapacitado a cargo………………………………………………….$ 80.-
5- Prenatal………………………………………………………………………………..$ 20.-
6- Por familia numerosa……………………………………………………………. $ 3.-
7- Por Preescolaridad…………………………………………………………………$ 3.-
8- Por Escolaridad Primaria………………………………………………………. $ 3.-
9- Por Escolaridad Media y Superior……………………………………………$ 4,50.-
10- Por Nacimiento de Hijo………………………………………………………..$ 100.-
11- Por Adopción……………………………………………………………………..$ 300.-
12- Por Matrimonio…………………………………………………………………..$ 150.-
13- Por ayuda Escolar Primaria cuando los estudios a cursar en el año lectivo que se inicia correspondan hasta el tercer grado inclusive……………………..$ 30.-
14- Por ayuda Escolar Primaria, cuando los estudios a cursar en el año lectivo que se inicia correspondan desde el cuarto al séptimo grado inclusive o el alumno concurra a establecimientos donde se imparta educación diferencial..$ 60.-
Los importes de los conceptos 7, 8 y 9 se duplicarán cuando el alumno concurra a establecimientos donde se imparta educación diferenciada.
Todos los importes consignados precedentemente se actualizarán de acuerdo a los lineamientos que al efecto se establezcan en el orden Nacional.-
ARTICULO 4o: F¡janse las Escalas de Sueldos B sicos para la Planta del –
———— Personal Municipal, por el tiempo y monto determinados en –
las Planillas correspondientes, insertas en el Anexo III, el que pasa a
formar parte de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5o: F¡jase en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE ($ 220) la re-
———— muneraci¢n b sica m¡nima correspondiente al mes de Enero de
1993 para los Agentes Municipales mayores de 18 a¤os de edad que cumplen
el horario normal y completo de la administraci¢n p£blica.-
ARTICULO 6o: Fac£ltase al Departamento Ejecutivo a celebrar Contratos en
———— los t‚rminos dispuestos en las reglamentaciones vigentes y
hasta el monto de cr‚dito asignado en la Partida Retribuciones Globales
“Personal Contratado”.-
ARTICULO 7o: F¡jase la compensaci¢n por Gastos de Representaci¢n para el
———— Se¤or Intendente Municipal en el equivalente ciento por —
ciento (100%) de la suma establecida como su haber mensual.-
ARTICULO 8o: Autor¡zase al Departamento Ejecutivo a otorgar subsidios —
———— para atender gastos que no signifiquen una compensaci¢n por
bienes vendidos y/o servicios prestados a la Municipalidad, cuyos impor-
tes no ser n reintegrados:
SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO:
—————————————–
Subsidios a otorgar del Sector P£blico $ 1.500.-
SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO:
—————————————–
Subsidios a otorgar del Sector Privado $ 25.000.-
ARTICULO 9o: Fac£ltase al Departamento Ejecutivo a la utilizaci¢n de —
———— cr‚ditos suplementarios provenientes de:
1- La suma que se calcula percibir en virtud de los mayores recursos —
provenientes del ajuste tributario dispuesto por el Art¡culo 48o. de la
Ordenanza Fiscal.-
2- Las mayores participaciones de la Provincia o Naci¢n comunicadas y no
consideradas en el C lculo de Recursos vigente.-
Los cr‚ditos suplementarios mencionados se distribuir n de
la siguiente forma:
- a) Los mayores recursos provenientes de la suma de los Items 1 y 2 se —
destinar n en primer lugar, a la financiaci¢n del incremento que se pro-
duzca en las Partidas que componen el Inciso Gastos en Personal en vir–
tud del incremento salarial que hubiere autorizado el Honorable Concejo
Deliberante para igual per¡odo considerado en el Art¡culo 48o. de la Or-
denanza Fiscal.
- b) Si hubiera remanente, se destinar al refuerzo de las restantes Par–
///3.-
tidas del Presupuesto de Gastos en funci¢n de la proporci¢n en que inci-
diera cada una de ellas con relaci¢n al total del Presupuesto de origen
aprobado por el Honorable Concejo Deliberante, con excepci¢n de:
Intereses y Gastos de la Deuda.-
Amortizaci¢n de la deuda.-
Deuda Flotante.-
ARTICULO 10o: Fac£ltase al Departamento Ejecutivo a ampliar el C lculo –
————- de Recursos en funci¢n de la mayor recaudaci¢n proveniente
de:
- a) La suma que se calcula percibir en virtud de los mayores recursos —
provenientes del ajuste tributario dispuesto por el Art¡culo 48o. de la
Ordenanza Fiscal.
- b) Las mayores participaciones de la Provincia o Naci¢n comunicadas y no
consideradas en el C lculo de Recursos vigente.
ARTICULO 11o: Manti‚nese la vigencia de los nomencladores de las clasi–
————- ficaciones de los recursos y las erogaciones para el Ejer-
cicio pasado.-
ARTICULO 12o: C£mplase, comun¡quese, publ¡quese, reg¡strese y arch¡ve–
————- se.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.753.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE—
RANTE A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1993.-







