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ORDENANZA Nº 2.758

Corresponde al Expediente HCD. No.1.452.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTICULO 1o: Apruébanse las siguientes tarifas para las Empresas de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, las que serán de aplicación a partir de la promulgación de la presente:

 

BOLETO MINIMO: $ 0,30.-

 

BOLETO MAXIMO: $ 0,40.-

 

ARTICULO 2o: Derógase la Ordenanza No.2.547/90.-

ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

REGISTRADA BAJO EL No.2.758.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 1994.-

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