Corresponde a Expediente HCD. No.1455-D-94.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Ratifícanse en todos sus términos los Convenios No.09 617 y 09 618, que como Anexo I y II forman parte integrante de la presente, y versan sobre el aporte financiero que el Instituto de la Vivienda aportará al Municipio por la construcción de 4 Viviendas ($46.000) en el Partido de Coronel Pringles y 24 Viviendas ($276.000), respectivamente.-
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.760.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 1994.-







