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ORDENANZA Nº 2.782

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1o:Ordénese la reconstrucción parcial del Fuerte General Belgrano ubicado en el ángulo noroeste de la Estancia “San José”, lindante con la Ruta 85 cedido para este fin por la Señora Amalia de Garaycochea, de acuerdo con la cesión obrante en el Anexo III de la presente.-

ARTICULO 2o: Los gastos que demande la realización de la obra citada en el Artículo 1o., ascienden a la suma de DOS MIL TRESCIENTOS PESOS ($2.300), teniendo en cuenta lo presupuestado en el Anexo I. También podrán recibirse donaciones de particulares al efecto, las que serán tratadas por el Honorable Concejo Deliberante en su oportunidad.

ARTICULO 3o: Con el objeto de cumplir con las obras fijadas en el Artículo 1o., el Departamento Ejecutivo podrá convenir con Instituciones o particulares la realización de tareas para la ejecución de las mismas.-

ARTICULO 4o: En el planeamiento del proyecto trabajarán tres Ingenieros integrantes del Cuerpo de Profesores de la E.N.E.T. No.1 de Coronel Pringles, habiéndose comprometido la colaboración del escultor Pringlense Roberto Mandrini para realizar un alto relieve de las figuras que integran el monumento y que obran en el Anexo II de esta Ordenanza, conjuntamente con el plano general de la obra. Contándose además con el asesoramiento del Señor Aldo Pirola a efecto de respetar el primitivo diseño existente en el predio.-

ARTICULO 5o: Los fondos de financiación obtenidos de donaciones serán afectados integra y exclusivamente a la ejecución de esta obra y se depositarán en una cuenta especial que se abrirá a tal efecto en el Banco Provincia de Buenos Aires, facultándose para el retiro de los mismos a los Ingenieros integrantes del Proyecto con información contable mensual al municipio y la correspondiente publicación en los medios de prensa.-

ARTICULO 6o: Se solicitará la colaboración del Club de Jardinería con el objeto de proceder al empleo racional y discriminado de las especies existentes en el lugar y proceder a la utilización de aquellos elementos que el medio ambiente ofrezca para la construcción de la empalizada y el mangrullo.-

ARTICULO 7o: Se solicitará la colaboración del Departamento de Obras Públicas, Seguridad y Planeamiento de la Municipalidad de Coronel Pringles con el objeto de proceder a la realización de obra de infraestructura tendientes a evitar el anegamiento en la zona circundante.-

ARTICULO 8o: El Proyecto del monumento constar  de dos figuras centrales, un indio y un gaucho, cuyas dimensiones y características obran en el Anexo II de esta Ordenanza.-

ARTICULO 9o: Se solicitará la colaboración de la Asociación Amigos de la Ciudad de Coronel Pringles con el objeto de preservar el patrimonio histórico de esta obra, conjuntamente con los segundos y terceros Ciclos Superiores de la E.N.E.T. No.1 de Coronel Pringles.-

ARTICULO 10o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

 

REGISTRADO BAJO EL No.2.782/94.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 1994.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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