Expediente HCD. No.1737-B-95.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Reemplázase en el Capítulo II -Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene- de la Ordenanza No.2838 – Fiscal Ejercicio 1995-, el texto del Artículo 89o., por el siguiente:
“ARTICULO 89o: Establécese el siguiente régimen para el retiro por parte de la Municipalidad de Coronel Pringles, de los escombros, ramas y/o materiales de desecho que los frentistas dejen en las aceras o veredas:
- a) Los días Lunes y Martes serán retirados sin cargo.-
- b) Los días Miércoles y Jueves se retirarán, previa solicitud en la Oficina de Recaudación de la Municipalidad, y pago de los aranceles fijados en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.-
Prohíbese sacar a la calle los elementos referidos, los días Viernes, Sábados, Domingos y Feriados.
El no cumplimiento de esta disposición será sancionado con Multas.-
También se abonarán los importes que al efecto se fijen por otros procedimientos de higiene y por los Servicios Especiales de desinfección y/o desinfección de inmuebles y vehículos, desagote de pozos y otros con características similares”.-
ARTICULO 2o: Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2873.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1995.-







