Expediente HCD. No.1723-D-95.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Declárase a la Municipalidad de Coronel Pringles adherida al Plan Provincial para la Generación de Mano de Obra Intensiva en Obras de Pavimentación. Ratifíquese el Acta de Adhesión que obra en el Anexo I y la forma de instrumentación del Plan.-
ARTICULO 2o: Declárase de Utilidad Pública Municipal, el Programa referido en el Artículo anterior y las obras a realizar.-
ARTICULO 3o: Las calles sujetas a pavimentación de acuerdo a las disposiciones de esta Ordenanza, serán las que fije el Poder Ejecutivo.-
ARTICULO 4o: La forma de pago de las obras de la zona urbana y suburbana, será por extensión lineal de frentes.-
ARTICULO 5o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a integrar los consorcios, cooperativas y toda otra forma asociativa necesaria para la realización del plan, efectuando en las mismas los aportes correspondientes, y a realizar todas las gestiones conducentes para una efectiva concreción del Plan, firmando el Convenio definitivo, sus instructivos y Anexos.-
ARTICULO 6o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.875.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1995.-







