Expediente HCD. No.1777-D-96.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Incorpóranse en el Artículo 41o. de la Ordenanza No.2.840 de fecha 29/12/94, las Calles que se detallan con el sentido que se especifica:
CALLE SENTIDO
14 Sur-Norte
15 Norte-Sur
16 Sur-Norte
17 Norte-Sur
ARTICULO 2o: Reemplázanse los textos de los Incisos a), b), c) y d) del Artículo 43o. de la Ordenanza No.2.840, por los siguientes:
- a) Prohíbese el tránsito de camiones, camiones jaulas, camiones con acoplado y otros vehículos con más de 3.600 Kgs., en las siguientes Calles: Colón (5) a Suárez (11) inclusive y desde Alvear (45) a Medina (54) inclusive.-
- b) Los mismos podrán circular en el horario de 6.00 a 9.00 hs. y de 15.00 a 17.00 hs. en el período de Octubre a Marzo y en el horario de 7.00 a 10.00 hs. y de 15.00 a 17.00 hs., en el período de Abril a Septiembre para la operación de carga y descarga.-
- c) Fuera del radio determinado por el Inciso a), se amplía el horario hasta las 10.00 hs.,de Octubre a Marzo y hasta las 11.00 hs., de Abril a Septiembre
- d) Quedan exceptuados de la reglamentación, los camiones de cualquier tipo que deban ser reparados en el radio determinado en el Inciso a).-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.904.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE 1996.-







