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ORDENANZA Nº 2.920

Expediente HCD. No.1.814-A-96.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Otórguese al CLUB ATLETICO “EL DIVISORIO”, con destino al desarrollo de actividades de la Escuela de Fútbol Infantil de esa Institución, la concesión de uso del inmueble de propiedad municipal identificado Catastralmente como: Circunscripción XIII – Sección “F” – Manzana 508 – Solares 1, 2, 3, y 4.-

ARTICULO 2o: La concesión de uso se otorga por el término de dos (2) años a contar desde la promulgación de la presente Ordenanza, retornando el inmueble al Municipio si no se hubiere cumplido con los fines a los cuales se destina como así también ante la disolución del Club.-

ARTICULO 3o: El Club Atlético “El Divisorio” estará exento de la obligación de abonar el canon establecido para los usufructuarios por la Ordenanza Tributaria Anual.-

ARTICULO 4o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADO BAJO EL No.2.920.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 1996.-

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