Expediente HCD. No.1866-C-96.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Apruébanse las siguientes tarifas para las Empresas de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, las que serán de aplicación a partir de la promulgación de la presente:
- A) Primera Sección: $ 0,40.-
- B) Segunda Sección: $ 0,50.-
- C) Boleto Estudiantes Primarios: $ 0,15.-
- D) Boleto Estudiantes Secundarios: $ 0,25.-
ARTICULO 2o: Derógase la Ordenanza No.2.758/94.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.934.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1996.-







