Expediente HCD. No.1887-D-96.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN
EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Estímase en la suma de Pesos OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS ( $8.331.700,00) el Cálculo de Recursos para la financiación del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 1997 y apruébase el detalle que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2o: Fíjase en la suma de Pesos OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS ($8.331.700,00) el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 1997 y apruébanse los detalles que como Anexos II, III, IV, V, VI, VII y VIII, forman parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3o: Apruébase el Nomenclador de la Clasificación de los Recursos y las Erogaciones que como Anexo IX forma parte integrante de la presente.-
ARTICULO 4o: Créanse en FINALIDAD III – SERVICIOS ESPECIALES URBANOS – PROGRAMA IV – CONSTRUCCION, CONSERVACION Y SEÑALIZACION DE LA VIA PUBLICA, 2.5.2. TRABAJOS PUBLICOS, las siguientes Partidas principales:
19- PASEO AEROBICO …………………… $ 2.000,00.-
20- CORDON CUNETA ……………………..$ 21.000,00.-
ARTICULO 5o: Disminúyase en FINALIDAD I – ADMINISTRACION GENERAL – PROGRAMA II – ADMINISTRACION GENERAL, SIN DISCRIMINAR, el Importe de la Partida 1.3.2.1. “SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO”, en PESOS VENTITRES MIL ($23.000,00).-
ARTICULO 6o: Los saldos que arrojen al cierre de cada Ejercicio las Cuentas de recursos con afectación, serán transferidos al Ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzando los créditos de Cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En ambos casos, se respetará el destino al que deben ser aplicados.-
ARTICULO 7o: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 119o. y concordando con el Artículo 121o. de la Ley Orgánica de las Municipalidades, facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar creaciones de Partidas y transferencias de crédito entre las distintas Partidas del Presupuesto de Gastos.-
ARTICULO 8o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.946.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 1996.-







