VISTO
Que en los últimos tiempos ha aumentado la frecuencia de accidentes tanto en la Ruta 51 como en la Ruta 85, con resultados de heridos que han tenido que ser trasladados de urgencia a nuestra ciudad, para su atención en el Hospital Municipal; y
CONSIDERANDO
Que pueden darse casos en que el que traslada a heridos no sea un vecino de nuestra ciudad y pierda un valioso tiempo en ubicar el Hospital;
Que además cualquier viajero puede sufrir una descompostura y se vea obligado a ingresar a Pringles para su atención médica en el menor tiempo posible;
Que en ninguno de los accesos está señalizada la dirección a seguir para llegar al Hospital, por lo que estimamos de importancia efectuar la obra de señalización;
Por ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o.: El Departamento Ejecutivo efectuará con intervención del Area correspondiente, los trabajos de señalización de la dirección a seguir desde los accesos de la Ruta 51 y desde la Ruta 85 hasta el Hospital Municipal.-
ARTICULO 2o.: Para la realización de este trabajo, serán afectados fondos del Presupuesto 1997.-
ARTICULO 3o.: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRESE BAJO EL No.2.972.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE 1997.-







