EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, referido a la Asistencia Financiera que el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires se compromete a prestar a esta Municipalidad de Coronel Pringles, para la construcción de obras de Infraestructura (Red Cloacal para 14 Viviendas Solidaridad y parte del Barrio 80 Viviendas) en el Partido de Coronel Pringles. El mismo será refrendado por el Señor Administrador General del Instituto antes mencionado, Lic. PABLO JORGE SANGUINETTI y el Señor Intendente Municipal, Dr. ALDO LUIS MENSI.-
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.998.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DEL MES DE OCTUBRE DE 1997.-







