Expediente HCD. No.1970-C-97.-
VISTO
La Ley No.11.769 y su Decreto Reglamentario No.1.208/97, que regula la actividad eléctrica; y
CONSIDERANDO
Que en el Artículo 78o. del mencionado Decreto se especifica que las Municipalidades deberán adecuar los contratos de concesión vigentes conforme a lo normado por el Artículo 25o. de la referida Ley;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Adhiérase la Municipalidad de Coronel Pringles a la Ley No. 11.769/97 y a su Decreto Reglamentario No.1.208/97.-
ARTICULO 2o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar el o los Contratos de Concesión Municipal cuyo modelo obra como Anexo I del Decreto No.1.208/97, con las Cooperativas Eléctricas que prestan servicios dentro del Distrito.-
ARTICULO 3o: Derógase toda otra norma que se oponga a la presente a partir de la firma del o los respectivos contratos de concesión.-
ARTICULO 4o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.003.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1997.-







