EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Ratifícase el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, suscripto entre la Provincia de Buenos Aires, a través de la Unidad Ejecutora Provincial del P.F.M., representada en este acto por el Señor Ministro de Economía, Lic. Jorge E. Sarghini y esta Municipalidad de Coronel Pringles, representada por el Señor Intendente Munipal, Dr. Aldo Luis Mensi, y en atención a lo establecido en la Ley No.10.712 que dispone la creación de un Fondo Permanente de Desarrollo Municipal; brinda al Municipio los recursos necesarios para complementar el financiamiento de la obra (hasta el 50%) del Proyecto “Servicio de Cloacas”, monto que asciende a la suma de hasta PESOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($48.500,00).-
ARTICULO 2o: La presente Ordenanza será válida si el Dictamen emitido por el Honorable Tribunal de Cuentas referente a Capacidad Financiera del Municipio, es favorable.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.090.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DE 1999.-







