Expediente HCD.No. 2.302-B-00.-
VISTO
La sanción de la Ordenanza Fiscal -Ejercicio 2000-; y
CONSIDERANDO
Que en dicha Ordenanza no se incluyó lo normado en la Ordenanza No.2.873/95;
Que los Servicios Especiales de Limpieza e Higiene, se siguen realizando según conforme a dicha norma;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Reemplazase en el Capítulo II – Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene, de la Ordenanza No.3.132 – Fiscal Ejercicio 2000-, el texto del Art¡culo 91o., por el siguiente:
“ARTICULO 91o: La extracción de residuos que por su magnitud no corresponda al servicio normal de limpieza y recolección de residuos (escombros, ramas y/o materiales de desecho, etc.), se realizarán según el siguiente régimen:
- a) Los días lunes y martes serán retirados sin cargo previa solicitud en la Oficina de Inspección.
- b) Los miércoles y jueves se retirarán, previa solicitud en la Oficina de Inspección, y pago de los aranceles fijados en la Ordenanza Impositiva.
Los residuos no podrán ser depositados en la vía pública más de veinticuatro (24) horas.
Prohíbese sacar a la calle los elementos referidos, los días viernes, sábados y domingos.
El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme al Código de Faltas Municipales.
También se abonarán los importes que al efecto se fijen por otros procedimientos de higiene y por los Servicios Especiales de desinfección de inmuebles y vehículos, desagote de pozos y otros con características similares”.
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL No.3.143.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2000.







