EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Ratifícase el Convenio que como Anexo I forma parte integrante de la presente, suscripto entre el Corredor Productivo del Sud Oeste de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles, referente al aporte para la adquisición de dos módulos de vientres ovinos, dentro del Proyecto “Repoblación Ovina en el Sud Oeste de la Provincia de Buenos Aires”.-
ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL No.3.183.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2000.







