Expediente HCD. Nº 2.432-D-01.-
VISTO
El acuerdo celebrado con Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles, que como Anexo I se adjunta; y
CONSIDERANDO
Que es necesario proceder a regularizar la situación existente, respecto al inmueble designado en el Plano Oficial de nuestro Partido como Manzana 24 – Sección “B” – que linda al NE, calle 62; al SE, calle 12; al SO, calle 61 y NO, con Boulevard 13, e identificado Catastralmente como Circunscripción XIII – Sección “A” – Manzana 61 – Partida Inmobiliaria 03097, con una superficie de 10.000 m2.; sobre el cual se proyecta construir viviendas correspondiente al Plan Solidaridad, por intermedio de la Cooperativa de Viviendas “5 de Abril Ltda.”, según Convenio Nº 09 108/94, celebrado entre ésta y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires; para lo cual resulta indispensable que la Municipalidad sea Titular de dominio del inmueble referenciado, para su posterior donación al Organismo Provincial citado en último término;
Que el propietario de dicho inmueble es la Entidad Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles, la cual ha decidido transmitir a título gratuito, bajo la figura jurídica de la donación, el dominio del mismo a favor de la Municipalidad de Coronel Pringles, mediante Acta Acuerdo celebrada el día 21 de Marzo de 2001, que como Anexo I se agrega a la presente;
Que corresponde dar cumplimiento a lo normado por el Artículo 57º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 6.769, a fin de concretar la aceptación de la donación efectuada;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Acéptase la donación del inmueble designado en el Plano Oficial de nuestro Partido, como Manzana 24 – Sección “B”, que linda al NE, calle 62; al SE, calle 12; al SO, Calle 61 y al NO, con Boulevard 13; e identificado Catastralmente como Circunscripción XIII – Sección “A” – Manzana 61 – Partida Inmobiliaria Nº 03097, con una superficie de 10.000 m2., efectuada por Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles, a favor de esta Municipalidad, para su posterior donación al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para los fines expuestos en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.206.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2001.-







