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ORDENANZA Nº 3.292

Expediente HCD. Nº 2.615-D-02.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y a título gratuito, las fracciones de terreno municipal, identificadas Catastralmente como: Circunscripción VI, Sección “A”, Manzana 46, Parcelas 12b, y 5b, delimitadas por los ejes de las siguientes calles: 11, 9, 6 y 6 bis y Circunscripción VI, Sección “A”, Manzana 22 A, Parcela 2 A, delimitada por los ejes de las siguientes calles: 12, 14, 11 y 13, con destino a la construcción del Barrio “Solidaridad” 15 Viviendas en la Localidad de Indio Rico.-

ARTICULO 2º: Los lotes cuya nomenclatura Catastral se detallan: Circunscripción VI, Sección “A”, Manzana 46, Parcelas 6,7 y 8, delimitadas por los ejes de las siguientes calles: 11, 6 y 9, fueron transferidos oportunamente por Ordenanza Municipal Nº 1.937/85, al Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, con destino a Plan de Vivienda Rurales, los que no fueron utilizados para tal fin, dando lugar al Plan “Solidaridad” 15 Viviendas en la Localidad de Indio Rico.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.292.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE 2002.-

 

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