Expediente HCD. Nº 2.619-D-02.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Adhiérese la Municipalidad de Coronel Pringles a la Ley Nacional Nº 25.422; Ley Provincial Nº 12.869 y su Decreto Reglamentario 923/02, que como Anexo I forman parte integrante de la presente.-
ARTICULO 2º: Exímase por cinco (5) años a los productores ganaderos de ovinos de la Tasa Municipal por Control de Marcas y Señales (Capítulo XII) en su Artículo 43º, Punto II de la Ordenanza Impositiva-, subsistiendo la obligación del trámite correspondiente.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.297.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE 2002.-







