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ORDENANZA Nº 3.308

Expediente HCD. Nº 2.669-C-02.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Prorrógase, a partir del 15 de Marzo de 2003 y por un período de cuarenta (40) meses, el Convenio suscripto con la Cooperativa Integral de Provisión de Servicios Públicos de Coronel Pringles Ltda., por la concesión de la prestación del servicio de reparación, conservación y mejorado de la red vial municipal, que forma parte de la Ordenanza Nº 2.696/93.

Se establece la prórroga conforme a la decisión obrante en el Expediente HCD. Nº 2.669-C-02, que adoptara ese ente Cooperativo, en uso de la facultad que le confiere la Cláusula Segunda del referido Convenio de Concesión.-

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.308.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2002.-

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