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ORDENANZA Nº 3.360

Expediente HCD. Nº 2.790-D-03.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Acéptase la cesión de Crédito Fiscal establecida en el Artículo 15º de la Ley Nº 13.010, en las condiciones normadas  por el Artículo 5º del Decreto 226 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º: La cesión que se acepta por el Artículo 1º, es por el monto total actualizado que informe la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, al 31 de Marzo de 2003.-

ARTICULO 3º: En consonancia con lo normado en el Artículo 13º de la Ley 13.010, se bonificará en un porcentaje del 50% a aquellos Contribuyentes que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones, respecto a contratación de seguro de responsabilidad civil y realización de verificación técnica vehicular, que abonen su deuda en hasta 6 (seis) cuotas y en un porcentaje del 60% (sesenta) cuando la abonen al contado y cumplan con los requisitos antes mencionados.-

ARTICULO 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza, a fin de implementar las medidas conducentes a recuperar el crédito cedido y en función de las pautas que aquí se explicitan.-

ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.360.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DE 2003.-

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