EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 3.351/03, en su Artículo 2º, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º: Transfiérase a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y a título gratuito, el dominio de los inmuebles del ejido urbano de esta Ciudad, con las denominaciones y demás circunstancias que surjan del Título Municipal: según Catastro: Circunscripción XIII – Sección “F” – Manzana 488, Parcelas 2 y 3; según Título: Sección “D”, Manzana 106 – Lotes del Plano Oficial: Angulo Este y Sud. Inscripción de Dominio: Folio 299 v – Año 1901 – Serie A Tomo 59″.-
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.370.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JULIO DE 2003.-